Consejos de los buenos para elegir una editorial

Consejos de los buenos para elegir una editorial

 

Para aquellos que han empezado como yo en el mundo literario, haciendo su sueño realidad con una editorial de autoedición, creo que será interesante que os cuente en qué cosas tenéis que fijaros a la hora de elegir una editorial. 

La comunicación con la editorial:

En primer lugar, cuando empiezas a comunicarte con editoriales de autoedición, todas son muy amables. Sin embargo, algunas carecen de una efectividad comunicativa buena.

A veces, estás en contacto con una persona de la editorial a través de mail y cuando, finalmente, decides que quieres llevar a cabo el proyecto con ellos, te pasan a otra persona, lo cuál para mi es un error. Has estado entablando una relación de confianza con alguien preguntando dudas, e informándote; y cuando te pasan a otra persona te sientes como un pedazo de carne que pasa de unas manos a otras. 

Algunas editoriales caen en el error de ser demasiado pesadas y te están bombardeando constantemente con correos que reflejan la misma situación que se produce en un viaje cuando vas con críos sentados en el asiento de atrás y comienzan a preguntar cada cinco minutos: «¿Cuándo llegamos?».  Personalmente, a mi esto me echa para atrás. 

Aunque en otras, la comunicación es, sin embargo, cien por cien correcta; de cualquier modo, la manera en la que la editorial manejan la comunicación y la efectividad de la misma, no es en lo que más os debéis fijar. 

Las variables a evaluar a la hora de firmar un contrato.

Eliminad de la ecuación el tipo de servicios que vais a elegir porque en realidad no es lo importante. Básicamente, todas ofrecen cosas muy similares. Lo más normal es que elijáis un pack de 100, 150, 200, o 500 unidades y que, a partir de ahí, comparéis lo que te da cada editorial para la cantidad de unidades elegidas. Esta es la parte relativamente fácil, ya que, como os digo, por lo general, todas ofrecen cosas similares. Igual una editorial te ofrece un servicio que una segunda no tiene, pero la otra te ofrece otro servicio que la primera no tiene.  Esto no es lo más importante para mi. 

Para mi, lo más importante es que cuando ya has evaluado qué editorial te gusta, lo que tenéis que comprender es que todo lo que os han pasado en los presupuestos se tiene que ver reflejado en un contrato de manera efectiva, honesta y sin triquiñuelas ni trampas. 

Es en este punto, cuando recibís el contrato, tenéis que leerlo y ver si hay cláusulas que no os cuadran. Lo que tenéis que tener claro es que el hecho de que tengáis ya en vuestras manos el contrato, no os tiene que obligar de ningún modo a firmarlo. Me refiero a que, a veces, te dejas llevar por las situaciones. En muchas ocasiones, somos como Forest Gump donde en una de las escenas de su película, cuando le preguntan que por qué corre, el responde: «Corrí hasta final del camino y, cuando llegué allí, pensé que podía correr hasta el final del pueblo. Y luego pensé: “ya que he llegado hasta aquí, también podría cruzar el gran estado de Alabama. Y, sin ningún motivo, seguí corriendo””. Es cierto que a veces en la vida te debes dejar llevar por las situaciones pero, en otras no.

 Dicho esto, el consejo más importante que os puedo ofrecer en este punto es que no temáis llegar hasta el final con varias editoriales que os hayan cautivado. Cuando digo «llegar hasta el final», me refiero a llegar hasta el punto en el que les solicitas que te pasen el contrato para firmar. Es ahí cuando podréis evaluar realmente con qué tipo de editorial estáis tratando. Toda la comunicación que hayáis tenido con ellos previamente, y el buen «feeling» que hubiéseis tenido hasta el momento, se tiene que ver reflejado en el contrato. En este punto, el contrato tiene que ser honesto, justo para ambas partes y sin ambigüedades.

Lo que te puedes encontrar en los contratos y de lo que hay que huir.

  • Contratos genéricos:

Me he encontrado con contratos genéricos donde, básicamente hay cláusulas que se ejecutan dependiendo del número de libros a imprimir que contratas. A ti te han pasado un presupuesto con una serie de servicios a contratar en función del número de unidades a imprimir que has elegido. Sin embargo, en las cláusulas del contrato aparecen otra serie de servicios que no están en el presupuesto recibido, y que no aplican. Es decir, puede que tu hayas elegido el pack de 200 unidades, pero en el contrato puede aparecer una cláusula que dice: «A partir de 300 unidades, está incluido un booktrailer». Evidentemente, si tú has contratado 200 unidades, queda claro que no aplica; pero la cuestión no es esa. La cuestión es que eso es una muestra de que para ellos eres uno más, de que te consideran otro pedazo de carne con ojos con la que comerciar. Es mi opinión.

  • Cláusulas ambiguas:

– Precio variable 

Qué me decís si os digo que vais a la frutería un día a comprar manzanas y el frutero os dice: «un kilo de manzanas son 3 euros»; y, a continuación, os dice:  «pero cuando me vayas a pagar igual el precio es diferente». Pues esto me lo he encontrado en un contrato de una editorial. Es decir, que le precio del presupuesto está recogido en una de las cláusulas, como debe de ser, pero hay otra cláusula líneas más abajo donde se dice que ese precio puede variar dependiendo de las circunstancias.

Primero, si pones eso en un contrato, tendrás que explicar qué circunstancias. Y, segundo, tendrás que definir en qué cuantía podrá variar el precio según esas circunstancias.

Para mi esto es una cláusula leonina.

Como editorial, no puedes poner en un contrato precios abiertos a cambios. Y si lo pones, en caso de haber cambios, debes especificar en qué casos puede suceder y debes especificar el rango en el que puede variar el precio dependiendo de las circunstancias que se describan.

– Incoherencias en el contrato:

Si has contratado el pack de 200 unidades, y en el presupuesto te ponen que está incluido el booktrailer y la nota de prensa, ¿qué me decís si en el contrato por un lado viene: «El booktrailer está incluido a partir de 200 unidades» ,y, por otro lado, viene: «la nota de prensa está incluida si se han contratado al menos 200 unidades»?.

Para mi es un error de redacción porque a partir de 200 unidades son 201 y al menos 200 unidades son 200. Si el presupuesto que me han mandado incluye ambas, la redacción en contrato debería incluir de manera clara qué está incluido sin ese tipo de ambigüedades. Que si, que puede ser un error inocente de redacción y que al final tendrás todo lo que había en le presupuesto original, pero no se trata de eso. Se trata de profesionalidad.

– Los «podrá» o «no podrá»

En un contrato no puede aparecer una cláusula que diga que la editorial «podrá devolver el importe correspondiente a unos ejemplares imprimidos de manera defectuosa». O podrá o no podrá, y, en todo caso, si pones que podrá hacerlo, tendrá que definir en qué condiciones ocurrirá tal situación. Un «podrá devolver el importe», supone que, en caso de disputa con la editorial por cualquier problema que se enquiste con ellos, supondrá que como por contrato existe la opción de hacerlo o no hacerlo, ¿qué creéis que hará? ¿Os lo devolverá o no?.

También hay cláusulas en las que te competen a pagar una serie de costes de la distribución de ejemplares que te devolverán a tí a tu casa en caso de que no se hayan podido vender. Y lo hacen sin especificar al menos un precio máximo o especificando el precio actual de lo que costaría que te devolviesen todos los ejemplares en caso de no haberse vendido ni uno. Como digo, al final es una cuestión de confianza. Como editorial debes poner qué cuantía se te cobrará al precio actual de mercado en caso de que se te devuelvan todos los libros. Que luego es menos porque se han vendido unidades, pues es algo que ya vas a tener en cuenta. Del mismo modo, como editorial no puedes poner en un contrato precios abiertos sin especificar al menos unos límites que como empresa debes tener calculados. 

Cláusulas así representan una desprotección hacia los autores y una falta de tacto.

– Cláusula del silencio.

En algunos contratos existe lo que yo denomino, cláusula del silencio. Está cláusula os coacciona a no revelar nada sobre el funcionamiento de la editorial.

¿Qué significa esto? Nada si os va bien con la editorial y no surgen problemas que deriven en conflicto. Pero, ¿qué ocurre cuando hay problemas?. Lo que ocurre es que el perjudicado empieza a difundir en redes sociales lo que le ha ocurrido, como es normal. En caso de que hayas firmado una cláusula en la que no puedes revelar nada referente al contrato con la editorial, emails, comunicaciones, o forma de trabajar; en este caso, a través de abogado te obligarán a quitar los comentarios vertidos en redes sociales si no quieres ser denunciado. Personalmente huiría de una editorial que tiene esa cláusula en el contrato porque es un claro indicativo de que todos los clientes insatisfechos no van a aparecer por las redes sociales denunciando lo ocurrido.

– Sin tiempo límite para la publicación.

Ninguna de las editoriales que he investigado tiene por contrato una fecha límite de tiempo a la que se comprometan a publicar tu libro o cuento. Esto significa que si pasan nueve meses, como ha sido mi caso para poder publicar un cuento infantil, y aún no han llegado ni a entregar la tripa de cuento de manera correcta, no puedes decir, de ningún modo: «devolverme el dinero que me voy a otro sitio». Y no puedes porque por contrato no existe esa posibilidad. Ellos dirán que no están incumpliendo contrato, sino que simplemente están tardando más.

Esto creo que no debería ser así. Una editorial debe ser consciente de los tiempos de margen que baraja para publicar una novela o cuento, en función del volumen de trabajo que tienen. Esto debería ser suficiente para poder marcar un límite de tiempo suficientemente justo para ambas partes, en el que aparezca el tiempo máximo que se tardará en publicar el manuscrito.  Supongo que si, poco a poco, todos vamos haciendo constar en nuestras comunicaciones con las editoriales que es necesario incluir una fecha limite de compromiso, al final, puede que alguna editorial entienda esta circunstancia y marque la diferencia incluyendo en el contrato el límite de tiempo máximo que podrán tardar en publicar.

– La corrección ortotipográfica.

También me he encontrado en contratos cláusulas en las que, a pesar de contratar el servicio de corrección ortotipográfica, en caso de que haya alguna errata que se haya pasado tanto a la persona que corrige como a tí que lo revisas en última instancia, la culpa de esas posibles erratas es tuya. Si, tras la publicación, tú o algún lector detecta alguna de esas erratas, en caso de que quieras que se corrija, lo que significa esa cláusula es que esa corrección la pagas tú. Dicho de otro modo, no se responsabilizan de que la corrección ortotipográfica esté mal hecha. Esto es así, principalmente, porque a veces contratan a gente inexperimentada para corregir tu escrito y se les pasan muchas cosas.

Para que os hagáis una idea, en una buena editorial que NO sea de autoedición, es decir, donde hay editores que participan activamente en la elaboración de la version final de un manuscrito; en una primera edicion de una novela de unas 390 páginas, puede haber unas 12 erratas (esto es verídico según la experiencia de un amigo novelista). Esto, siendo una editorial que, en teoría, cuida más la revisión porque los editores se involucran en mejorar textos y en pulir detalles formando equipo con el autor. Imaginad en una editorial de autoedición donde aunque tengan gente que corrija una gran cantidad de erratas, a la larga, el nivel de compromiso siempre será menor, y sobre todo si las erratas que no se encuentren las pagas tú. Por experiencias compartidas con otros autores que han publicado con autoedición, la calidad de las correcciones no suele ser buena y suele haber muchos errores que se pasan por alto. Aquí os diré que debéis revisar una y otra vez vuestro escrito sin contar con que la corrección ortotipográfica os encontrará todos los errores.

Llegados a este punto, no sé cómo va la cosa exactamente. No sé si para corregir una errata en tu novela la editorial debe incurrir en algún tipo de gasto extra y que, por eso, el coste te lo traspasan a ti.  De cualquier modo, si, por ejemplo, reeditar el libro supone algún tipo de coste por, no sé, por ejemplo realizar el cambio en el registro de números ISBN, que no sé si supone un coste; creo que lo más justo sería compartir los gastos, puesto que esa errata se nos ha escapado a ambos.

Es cierto que aunque se contrate un servicio de corrección, el factor del error humano está ahí y siempre habrá cosas que se escapen, pero también hay que responsabilizarse del trabajo que realizas.

La conclusión

Esto son solo opiniones, por supuesto, pero os resumiré todo:

La conclusión es que las cláusulas más abusivas aparecen, como siempre, en aquellas editoriales de más poder… porque pueden permitirselo.

También os diré que debéis seguir vuestros instintos. Supongo que, como yo, veréis las señales llegar y terminaréis eligiendo la mejor editorial.

Una editorial que en el contrato solo se protege a si misma, sin velar de una manera justa también por el autor, no es una buena editorial.

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