Uno de los grandes miedos de todo escritor es que alguien se adueñe de su obra. Son muchos los meses de trabajo y la sola idea de que alguien pueda lucrarse de esa gran idea que se ha tenido es pavorosa. Por eso desde ExLibric te recomendamos que, si tienes intención de publicar tu manuscrito, registres tu libro en el registro de propiedad intelectual tan pronto lo hayas terminado (no te preocupes, después podrás hacer los cambios necesarios).
Un trámite que se ha vuelto sencillo con la llegada de las nuevas tecnologías, que permiten hacerlo desde cualquier lugar a través del portal online del Ministerio de Cultura, o las webs correspondientes en los casos de las comunidades autónomas de Andalucía y Madrid. Rellenar los datos correspondientes y hacer frente al pago de las pertinentes tasas, son los dos pasos fundamentales que ahora te desgranamos en este artículo.
Consideraciones previas al registro de una obra literaria
Registrar la propiedad intelectual es la finalidad, pero antes de comenzar el proceso debes tener en cuenta varios aspectos:
¿Quiénes pueden solicitar el registro de una obra?
El autor, o los autores, de una obra literaria son las personas que poseen la propiedad intelectual de sus creaciones y, por tanto, están capacitados para solicitar el registro de estos derechos. Esto también se aplica a los sucesivos titulares (caso de herederos), quienes ejerzan la patria potestad o tutela, así como el representante siempre que el autor lo legitime ante notario.
¿Cuándo se puede solicitar registro de un libro?
Cualquier persona puede registrar una obra siempre que sea el autor de la misma y se entregue una copia de la misma en el momento de la solicitud, aportando detalles como el número de páginas, volúmenes y su formato. Si se dispone de él también se podrá dar el depósito legal.
¿Qué tipos de obra sin registrables?
Según el Ministerio de Cultura y Deporte se pueden registrar las siguientes obras literarias:
- Narrativa
- Novela corta
- Cuento
- Poesía
- Ensayo
- Literatura infantil y juvenil
- Antologías
- Traducciones y adaptaciones, o transformaciones de una obra literaria.
Otros aspectos
Hay una serie de aspectos que hay que tener en cuenta para registrar una obra literaria. El primero de ellos, y el más evidente, es la originalidad del libro (de hecho será un punto muy revisado por parte de la Administración durante todo el proceso para evitar plagios).
Por otro lado, salvo que el creador de la obra lo haya autorizado expresamente, mediante notario no será posible el registro de una obra literaria de otra persona.
¿Cuánto cuesta registrar un libro en el registro de la propiedad intelectual?
Tal y como indican en la página del Ministerio de Cultura y Deporte, las tasas para el registro de una obra literaria en el registro de la propiedad intelectual cambian en función de si se hace de manera presencial (en una de las sedes autonómicas del registro de la propiedad) o telemáticamente. También hay que tener que el precio varía dependiendo del trámite que se busque gestionar:
Debes tener en cuenta que existen comunidades autónomas en donde varía el pago de una tasa. Puedes consultar si en tu territorio varían los precios desde este enlace (Canarias, Baleares, Navarra, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cantabria y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla se rigen por las tasas generales que indican desde el Ministerio de Cultura).
Comunidad autónoma | Tasas |
---|---|
Andalucía | 13,67€ (presencial) / 10,67€ (telemática) |
Aragón | 14,65€ |
Asturias | 13,94€ |
Cataluña | 13,25€ |
Comunidad Valenciana | 11,83€ |
Extremadura | 7,39€ |
Galicia | Cuando la autoría y la titularidad de derechos recaen en la misma persona: 11,58 €.
Cuando la autoría y la titularidad de derechos no recaen en la misma persona: 28,90 €. |
La Rioja | 14,32€ |
Comunidad de Madrid | 11,26€. |
Comunidad de Murcia | Obras literarias y científicas ->8 € |
Tasas en País Vasco | 3,85€ |
Pasos para registrar una obra literaria, de forma online, en el registro de la Propiedad intelectual en España (excepto Andalucía y Madrid)
Para registrar una obra literaria tienes dos opciones:
- Hacer el trámite de manera presencial en una de las oficinas territoriales del Registro de la Propiedad Intelectual a lo largo de España
- Hacerlo de manera telemática a través de la página web que el Ministerio de Cultura y Deporte habilita para ello.
Hay que destacar que este portal es válido para todo el territorio Español, salvo en las comunidades de Andalucía y Madrid (los veremos má sadelante) que cuentan con sus propios espacios online. Veamos el trámite, vía internet, que hay que hacer para realizar el registro de tu libro en el Registro de la Propiedad Intelectual.
Creación de la solicitud de registro
Para comenzar con el registro de tu libro, vía online, tendrás que acceder a este enlace para presentar tu solicitud ante el Ministerio de Cultura. Lo primero que te encontrarás será una información de la misma Administración en la que se te indicará, entre otras cosas, que si resides en Andalucía o Madrid tendrás que acudir al correspondiente portal online.
Una vez hayas leído todos estos pasos comenzará el proceso de solicitud de registro, para ello pulsa en el botón “Registrar” que verás en la esquina inferior izquierda. Tras hacerlo, la web preguntará por tu comunidad de residencia (recuerda que las tasas de registro cambian en cada territorio):
Una vez hayas indicado el territorio en el que resides, y en donde se registrará tu obra, tendrás que identificarte. Para ello tienes varias opciones: Cl@ve permanente, Cl@ve, o certificado digital (firma electrónica y DNI-e).
Cuando ya te hayas autentificado, tendrás que registrar tus datos. Ya que te has registrado con las opciones antes mencionadas, tu nombre y DNI ya aparecerán por defecto, por lo que solo queda agregar teléfono y correcto electrónico y si estas realizando el registro a nombre de una persona física o en representación del interesado.
Si eliges la opción para no comunicarte por medios electrónicos, tendrás que indicar una dirección postal en donde recibir la documentación pertinente.
En el que caso de que indiques que estás registrando una obra en representación, tendrás que dar los datos del representado. Tras esto, tendrás que pulsar en “comprobar representación” para que la Administración revise si existe el poder de representación en el Registro de Apoderamientos.
En caso de que en dicho registro no se tenga constancia del poder de representación, el portal ofrece la posibilidad de que se adjunten los documentos necesarios:
A continuación se pedirán más datos sobre el solicitante del registro de una obra literaria:
El siguiente paso es indicar los datos de la obra que se va a registrar: su tipología (tendrás que indicar que es una obra literaria, en este caso), el título de la misma y la fecha de publicación (día en que diste por concluido el manuscrito).
Una vez hayas indicado que estás registrando una “obra literaria y dramática”, habiendo seleccionado el subtipo “literarias”, el portal te pedirá más detalles: número de páginas, número de volúmenes, formato (puedes elegir entre formatos internacionales como A4, A5, etc.; o dar el tamaño en centímetros) y el número de depósito legal (solo si ya lo has realizado):
Como habrás visto, hay una opción que reza “objeto de la propiedad intelectual de la que son autor/es”. Bien, las opciones aquí abarcan desde solo el texto, hasta algunas ilustraciones, o la totalidad de estos elementos gráficos. En cualquier caso, habrá que indicar de qué ilustraciones se reclaman las ilustraciones:
El siguiente paso es dar información sobre los autores que están registrando la obra:
En el caso de que se indique que son varios los autores que registran la obra, habrá que descargar, rellenar y adjuntar un formulario de declaración de cada uno. La firma tendrá que ser electrónica y no se admitirá una en formato físico.
Para adjuntar los formularios, todos tendrán que ir conjuntos en un archivo .Zip. A continuación habrá que indicar el porcentaje del libro que ha realizado y si ha sido texto, ilustraciones o texto + ilustraciones:
Pago de las tasas
Una vez se hayan rellenado todos estos datos, será el momento de abonar las tasas correspondientes por el registro de una obra literaria. Tienes dos opciones, o hacerlo de manera telemática. Si eliges esta opción deberás indicar a qué banco perteneces y el método de pago que prefieras (recuerda que no todos los bancos ofrecen la posibilidad de pago con tarjeta):
También podrás hacerlo de manera presencial, realizando un ingreso en la entidad que el portal del registro te indique. En este caso tendrás que adjuntar el justificante de pago.
Otros documentos y firma
Una vez hayas abonado las tasas, el portal del registro te dará la opción de adjuntar otros documentos adicionales que estimes oportunos:
Acto seguido, y si toda la información está correcta, podrás darle al botón de enviar:
Tras el envío tendrás que firmar, valiéndote de una de las opciones de firma digital que se admiten en este portal online:
Una vez completada la solicitud, la Administración tendrá conocimiento de esta obra. Además se te indicará un nº de expediente que tendrás que usar en el siguiente paso.
Aportación de una copia electrónica del libro
Tras haber presentado la solicitud, tendrás que aportar una copia electrónica del libro que quieras registrar. Algo que podrás hacer mediante este enlace y siguiendo las siguientes instrucciones, lo primero será registrarte mediante Cl@ve o DNIe para que el sistema reconozca el nº de expediente correspondiente
Si tu solicitud se ha admitido, el portal te habilitará la herramienta para que entregues la copia digital de tu libro. Aquí habrá que indicar los siguientes datos: ID Expediente ACCEDA (Identificador del expediente mediante el cual se ha realizado el registro del libro) y el mbito del expediente (es decir, la comunidad autónoma donde se ha realizado el registro de la obra).
Rellenados los datos, podrás darle al botón “Subir ejemplar” para hacer lo propio. Recuerda que tendrás que aportar también una descripción de la obra:
Tras darle el botón de “guardar” el sistema te preguntará si está todo correcto y deseas finalizar el trámite. Si contestas que sí, el proceso de habrá terminado y si tras revisar la obra no se aprecian problemas (como el plagio), podrás decir que tu libro está registrado.
Pasos para registrar una obra, de forma online, en el Registro de la Propiedad de Andalucía
Hay dos comunidades autónomas en España que cuentan con sus propios portales online para registrar una obra literaria: Andalucía y Madrid. En el caso de que residas en alguno de estos territorios tendrás que acudir a sus correspondientes espacios web.
Si eres residente en Andalucía tendrás que tramitar el registro de tu obra a través del portal NINFA. Conozcamos cómo es el proceso usando este espacio.
Inicio de la solicitud
El primer paso para comenzar con el registro de una obra literaria en Andalucía, a través del portal NINFA, es solicitar este trámite. Para ello debes identificarte, algo que puedes hacer de dos maneras: identificación mediante Cl@ve, certificado digital o DNIe, o mediante Usuario y contraseña (para lo cual tendrás que seguir unos pasos adicionales)
En el caso de que quieras identificarte con Usuario y contraseña, tendrás que registrarte previamente. Para ello tendrás que dar tu DNI y registrar la correspondiente contraseña:
Tras haberte registrado con Usuario y contraseña, tendrás que aportar los siguientes datos para terminar este trámite inicial (no es necesario si te identificaste con Cl@ve, certificado digital o DNIe):
Es el momento de iniciar el proceso de registro en el portal NINFA. Un trámite que comienza en esta página, donde tendremos que pulsar en “Nueva solicitud”
Cuando pinches en esta opción, se abrirá una ventana que te preguntará por el tipo de obra que quieras registrar. En el caso de los libros tendrás que seleccionar “Obra literaria o científica”
El siguiente paso será rellenar tus datos e indicar si eres la persona que está solicitando los derechos (en este caso indicar cuáles son) o si estás actuando en representación:
Guardamos todos estos datos y vamos al siguiente paso.
Datos del libro
A continuación el portal NINFA nos pedirá datos sobre el libro literaria que queremos registrar, desde el título hasta la cantidad de páginas, si queremos usar un pseudónimo, el número de depósito legal (si ya lo tenemos) de así como si queremos destacar alguna observación con tal de aclarar datos que pudieran darnos problemas en el futuro (como por ejemplo el uso de personajes de otras creaciones).
Autores
En esta pestaña quedarán reflejadas las personas que han participado en el proceso de creación de la obra y su papel en el mismo. Para ello tan sencillo como pulsar en “añadir autor”
Esta será la información que hay que aportar sobre ti las personas involucradas en el proyecto: tipo de identificador (DNI, u otro documento válido), número de identificador y la parte correspondiente a la autoría.
Titulares
Si hay otras personas que se quieran incluir como titulares del registro, es el momento de hacerlo. Para ello habrá que pulsar en la opción “añadir titular”
Y, a continuación, dejar los datos correspondientes del mismo:
*Importante. De nuevo, este paso solo será necesario en el caso de que quieras indicar más de un titular sobre los derechos de la obra. En caso contrario, saltar directamente a “Documentación”.
Documentación
En el apartado Documentación del portal NINFA se pueden realizar varias acciones. La que más nos interesa es añadir la copia (digitalizada) de nuestra obra literaria y la descripción. Para ello, en la opción “Tipo de documento” tendremos que seleccionar OBRA. Una vez que se haya adjuntado, seleccionaremos la opción “Aceptar”
*Importante, como hemos dicho en esta estaña son varias las opciones que existen. Una de ellas es la adjuntar los documentos que acrediten el poder de representación en caso de que estemos actuando en nombre de otra persona.
Pago de las tasas
Tras haber realizado la solicitud, regresaremos a la bandeja de solicitudes y buscaremos aquella que esté pendiente de pago. En el caso de que nos hayamos identificado con Cl@ve, certificado digital o DNIe podremos proceder al pago de las pasas pulsando en el icono “pagar y firmar” (que aparece junto a la papelera).
Cuando pulses en dicha opción, se abrirá la siguiente pestaña con todos los datos que has registrado hasta ahora. Si no detectas ningún error, pincha en “Pagar”
En el caso de que hayas seleccionado la opción “usuario y contraseña” tendrás que personarte en una de las sedes territoriales del registro de la propiedad y abonar las correspondientes tasas para que el sistema te permita dar por cerrada esta parte del trámite.
Firma
Si volvemos a la bandeja de solicitudes veremos que la que acabamos de pagar está pendiente de firma. El icono que nos aparecerá ahora será precisamente este, y gracias a la identificación por Cl@ve, certificado digital o DNIe podremos realizar este trámite.
De nuevo recordar que si nos hemos identificado con usuario y contraseña tendremos que hacer este trámite de manera presencial.
Cuando hayamos completado esta parte del proceso nuestra solicitud pasará a trámite. Por lo que te recomendamos que de vez en cuando visites el portal NINFA con el fin de saber si se ha aprobado o no.
Pasos para registrar una obra literaria, de manera online, en el Registro de la propiedad de Madrid
Madrid es, junto con Andalucía, una de las dos comunidades autónomas que tiene su propio portal online para realizar el registro de una obra literaria a través de internet. Para iniciar la solicitud, y el correspondiente trámite tendrás que acudir a este enlace y buscar el Modelo A1 para rellenarlo (el usado cuando es autor y solicitante de los derechos es la misma persona).
De esta forma se nos abrirá una pestaña donde empezar a rellenar los correspondientes datos.
Datos del solicitante
Cuando pinches sobre el Modelo A1 serás redirigido a una nueva ventana que nos pedirá resolver un sencillo captcha antes de comenzar a rellenar los datos:
Tras esto seremos redirigidos a la siguiente página en donde empezar a rellenar los datos que se nos piden. Especial atención a seleccionar “obra literaria, científica, o dramática”
Datos de la obra
Lo siguiente que nos pedirá este portal es que indiquemos los detalles del libro que queramos registrar, así como la propiedad de las secciones del libro que queramos reclamar (desde el texto, hasta las ilustraciones)
Documentos a aportar
En este caso habrá que aportar una copia, digitalizada, de la obra que se quiera registrar, y un documento que acredite la identidad de la persona que está realizando la solicitud. Aquí tan solo tendremos que dar nuestro consentimiento, no es preciso añadir nada.
Firma y envío
A continuación se realizará la correspondiente firma:
Tras realizar este trámite, se nos enviará a una pestaña done se nos dará un número identificado de nuestra solicitud y la posibilidad de enviarla a trámite.
Adjuntar copia
El siguiente paso será la identificación mediante Cl@ve, certificado digital o DNIe. Una vez lo hayamos hecho pasaremos a la siguiente pestaña. Una vez allí habrá que añadir la obra que deseemos registrar. Cuando lo hayamos hecho, tan solo quedará pulsar en el documento “firmar y enviar” para ser llevado al siguiente paso, en donde se nos indicará cómo abonar las correspondientes tasas y dar por finalizado el proceso de registro.
Ahora solo queda esperar a que la oficina del Registro de la Propiedad Intelectual se ponga en contacto contigo para saber si no ha habido ningún problema.
Lectura recomendada: ¿Qué precio poner a mi libro? Factores que no debes pasar por alto
3 comentarios
Gracias por el post, nos ha servido de ayuda para el registro de un libro en Andalucía.
Saludos Cordiales si soy de Venezuela puedo registrar desde mi país utilizando la web
¡Hola, Lisette!
En el artículo comentamos el paso a paso para registrar un libro en España. Para el registro en Venezuela debe acudir a la web del SAPI.
¡Gracias!